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Subvenciones para la contratación por Entidades Locales de jóvenes del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (JOVEL), año 2020

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2594
  • SIA: 1813895
  • BDNS (Identificador): 530612

Fecha de publicación:

3 de noviembre de 2020

Objeto:

Convocar en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones, cofinanciadas por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo, con la finalidad de fomentar la contratación temporal, durante al menos 180 días de jóvenes inscritos como beneficiarios en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, por parte de los Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales de la Comunidad de Castilla y León para la realización de obras y servicios de interés general y social.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 4 de noviembre de 2020 hasta el 18 de noviembre de 2020

Más Detalles:

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 DÍAS NATURALES, computado desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Los Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales que lo soliciten, cumplan los requisitos y contraten temporalmente a jóvenes inscritos como beneficiarios en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Serán destinatarios de la contratación los jóvenes inscritos como beneficiarios en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Los Ayuntamientos de municipios y las Diputaciones Provinciales beneficiarios deberán contratar a jóvenes que se encuentren inscritos como beneficiarios en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • La preselección de los trabajadores, la realizará la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria, mediante la presentación de la correspondiente oferta de empleo. Se enviarán, al menos, tres candidatos por puesto de trabajo ofertado.
  • La selección final de los trabajadores, entre los candidatos enviados por la oficina de empleo, la realizará la entidad beneficiaria de acuerdo con las normas de selección de personal que les sean de aplicación, siendo los responsables últimos de verificar que los candidatos seleccionados cumplen con todos los requisitos establecidos.
  • Los contratos se realizarán, por un período de al menos 180 días, con jóvenes inscritos como beneficiarios en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y se formalizarán por escrito en cualquiera de las modalidades contractuales de naturaleza temporal establecidas por la normativa vigente y deberán concertarse a jornada completa. En los contratos deberá hacerse mención expresa a la cofinanciación del FSE en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil. Los contratos deberán ser comunicados a la Oficina del Servicio Público de Empleo de Castilla y León correspondiente.
  • Si antes de finalizar dicho período se extinguiera el contrato, la entidad beneficiaria deberá contratar otra persona que se encuentre inscrita como beneficiaria en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en sustitución de aquella que causó baja. Para ser subvencionable la sustitución debe producirse en el plazo de un mes desde la fecha de extinción del contrato. En ningún caso conllevará mayor importe de subvención.
  • Cuando el contrato se suspenda debido a situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo en el embarazo y demás situaciones que den derecho a reserva del puesto de trabajo, la entidad beneficiaria deberá comunicar dicha incidencia al Servicio Público de Empleo de Castilla y León. En estos supuestos, la entidad podrá formalizar un contrato de interinidad con otro trabajador que cumpla con los requisitos exigidos en las bases reguladoras y esta convocatoria durante el tiempo que dure dicha situación. En ningún caso conllevará mayor importe de subvención.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables los siguientes costes de personal:

a) Las retribuciones brutas pactadas con el ayuntamiento, Diputaciones Provinciales o establecidas en convenio colectivo. Se incluyen en este concepto las percepciones salariales siguientes: el salario base, los complementos por antigüedad, los complementos por conocimientos especiales, turnicidad, nocturnidad, penosidad u otros complementos derivados de la actividad, las pagas extraordinarias, los incentivos a la producción, las horas extraordinarias y los complementos de residencia.

b) Las percepciones extrasalariales pactadas con el ayuntamiento, Diputaciones Provinciales o establecidas en convenio colectivo para los conceptos de plus de distancia y transporte abonadas por la empresa a los trabajadores a los efectos de minorar o sufragar su desplazamiento hasta el centro de trabajo habitual.

c) La indemnización por finalización del contrato que se regula en el artículo 49.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

d) Las cotizaciones sociales e impuestos a cargo del trabajador y la Seguridad Social a cargo de la empresa. En relación con los gastos relativos a las cotizaciones sociales, para el cálculo del importe elegible deberá descontarse el importe correspondiente a las bonificaciones o reducciones que puedan estar asociadas al pago de esa cotización.

Con independencia de la duración de las obras o servicios, será subvencionable el periodo de contratación comprendido entre el 1 de noviembre de 2020 y 30 de junio de 2021.

Cuantía:

  • Las entidades beneficiarias podrán solicitar un mínimo de 70.000 € y un máximo de 100.000 euros para la contratación trabajadores para la realización de la obra o servicio de interés público o de utilidad social.
  • El importe máximo subvencionable por contrato, a jornada completa y por un periodo de 180 días será de 10.000€, con independencia del salario que legal o convencionalmente le corresponda percibir al trabajador.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, UNA por entidad, en el caso que una entidad presente más de una solicitud, se tendrá en cuenta para su valoración la última presentada.

A la solicitud se acompañará de la documentación digitalizada correspondiente a la memoria del proyecto y la certificación del secretario/a.

Para acreditar el cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, se certificará por el/la secretario/a de la Entidad en el modelo normalizado.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Fomento del Empleo en el Ámbito Local

Órgano que resuelve:

Presidente del Servicio Público de Empleo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin haberse dictado y notificado resolución expresa se entenderá DESESTIMADAS por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Forma de pago

  • Una vez dictada la resolución de concesión, los beneficiarios que así lo hubieran solicitado podrán percibir un anticipo del 50% de la subvención concedida, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, percibiéndose la cuantía no anticipada una vez efectuada la justificación en el plazo y con las características establecidas. La petición de anticipo se efectuará expresamente en el apartado correspondiente del modelo normalizado de solicitud. De no cumplimentarlo, se entenderá que la Entidad renuncia al mismo, procediéndose al abono del importe de la subvención que corresponda en concepto de liquidación, previa presentación de los documentos que se requieren para la justificación de la subvención.

Justificación

  • La justificación de la subvención se efectuará, ante el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de 2 MESES, a contar desde el día siguiente al de la finalización de los contratos subvencionados y, en todo caso, como máximo el día 31 de agosto de 2021.

Resolución. Beneficiarios:

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN POR LA QUE SE RESUELVE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO, DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE JÓVENES INSCRITOS COMO BENEFICIARIOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL, POR AYUNTAMIENTOS DE MUNICIPIOS DE MÁS DE 20.000 HABITANTES Y LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL (JOVEL 2020)

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Protección de los datos de carácter personal:

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Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.