Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Pruebas de acceso a las Enseñanzas Elementales y Profesionales de Danza en Castilla y León (Curso 2023/2024)

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1602
  • SIA: 1253224

Objeto:

Convocar la celebración de las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas elementales de danza de primer a cuarto curso y a las enseñanzas profesionales de danza de primer a sexto curso en las especialidades de Danza Clásica, Danza Española, y de Danza Contemporánea, en la «Escuela Profesional de Danza de Castilla y León, Valladolid», de Valladolid y en la «Escuela Profesional de Danza de Castilla y León Ana Laguna, Burgos», de Burgos, para el curso 2023/2024.

¿Quién lo puede solicitar?

Todos los interesados independientemente de haber cursado o no enseñanzas elementales o profesionales de danza.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

Límite de edad en la prueba específica de acceso a las enseñanzas elementales de danza:

  • La edad mínima para el ingreso será de 8 años de edad cumplidos en el año natural en que se realice la prueba.
  • Con carácter excepcional podrán ser admitidos para la realización de la prueba a primer curso, aspirantes de 7 años de edad cumplidos dentro del año natural en que ésta se realice, que acrediten tener concedida la flexibilización de la escolarización por su condición de superdotación intelectual en los términos que establece la normativa vigente.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud de inscripción, en modelo normalizado, Documento 1 para enseñanzas elementales, y Documento 2 para enseñanzas profesionales. La solicitud se efectuará por el interesado o, si es menor de edad, por el padre, madre o tutor legal.

Junto con la solicitud, que en el caso de presentación electrónica se enviará digitalizada, se deberá presentar la siguiente documentación:

  • a) Dos fotografías tamaño carné con nombre y apellidos al dorso.
  • b) Copia del D.N.I., NIF, NIE si el solicitante se opone expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación consulte directamente y/o por medios electrónicos los datos de identidad.
  • c) Copia del pasaporte en el caso de extranjeros que no dispongan  de NIE o documento equivalente al DNI.
  • d) Justificante del pago del precio público que para las pruebas de acceso se establece en el Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaDECRETO 11/2015, de 29 de enero (1.553 kbytes) , con las exenciones y bonificaciones que en él se prevén. Los centros darán la oportuna publicidad sobre todo lo relacionado con la forma de pago en sus tablones de anuncios y en sus páginas web. Para el pago de la tasa se utilizará el Modelo 046. El precio público de las pruebas de acceso es Elementales 41,20 € y Profesionales 52,62 €.
  • e) El solicitante que desee acogerse a las exenciones y bonificaciones establecidas en los artículos 10 a 13 del citado decreto relativas a la condición de miembro de familia numerosa, alumnado con discapacidad, víctima de actos terroristas o víctimas de violencia de género, deberá aportar junto con la solicitud la siguiente documentación:
    • 1.º En el supuesto de ser miembro de familia numerosa, copia del correspondiente título reconocido y expedido por la Administración de la Comunidad de Castilla y León o por otra Comunidad Autónoma, si el solicitante se opone expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación obtenga directamente y/o por medios electrónicos los datos de familia numerosa.
    • 2.º En el supuesto de que el solicitante presente una discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento si no está registrado dicho grado en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad de Castilla y León o de otra Comunidad Autónoma o el solicitante se opone a que la Consejería de Educación lo consulte o recabe, o cuando la discapacidad la haya reconocido por un órgano de la Administración General del Estado, cualquiera de los documentos previstos en el artículo 2 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social:
      • 2º.1. En el caso de grado de discapacidad igual al 33 por ciento:

        2º.1.1. Resolución o certificado expedidos por la Gerencia de Servicios Sociales, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.

        2º.1.2. Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.

        2º.1.3. Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
         
      • 2º.2. En el caso de grado de discapacidad superior al 33 por ciento: resolución o certificado expedidos por la Gerencia de Servicios Sociales, el IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.
    • 3.º En el supuesto de víctimas de actos terroristas, si el solicitante se opone expresamente a la consulta por parte de la Consejería de Educación, copia de alguna de la siguiente documentación de conformidad con el artículo 3 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre:

      • 3.º1. Resolución administrativa firme dictada por órganos de la Administración General del Estado de las que se derive el reconocimiento de la condición de víctima del terrorismo.

      • 3.º2. Sentencia judicial firme que reconozca el derecho a ser indemnizado en concepto de responsabilidad por hechos y daños provocados por acciones terroristas.

      • 3.º3. Cualquier medio de prueba admisible en derecho cuando sin mediar sentencia se hubiesen llevado a cabo diligencias judiciales o la incoación de procesos penales para el enjuiciamiento de delitos.
         
    • ​4º. En el supuesto de víctima de violencia de género, o cuyas progenitoras la sufran, la documentación referida en el artículo 7 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León:
      • 4º.1. Resolución judicial otorgando la orden de protección o acordando medida cautelar a favor de la víctima atinente a causa criminal por violencia de género.

      • 4º.2. Sentencia firme de cualquier orden jurisdiccional que declare que la mujer padeció violencia en cualquiera de las formas recogidas en el artículo 2.

      • 4º.3. Certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración pública autonómica o local.

      • 4º.4. Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.

      • 4º.5. Excepcionalmente y hasta tanto se dicte la orden de protección, será título de acreditación de la situación de violencia de género el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante de alguno de los recursos previstos en la presente ley es víctima de tal violencia.

  • f) En el caso de aspirantes con discapacidad que necesiten adaptaciones o condiciones especiales para la realización de la prueba de acceso, deberán aportar los documentos acreditativos e información precisa para que se pueda realizar la prueba de acceso en las condiciones adecuadas para el aspirante.

Fecha de publicación:

3 de marzo de 2023

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 28 de agosto de 2023 hasta el 8 de septiembre de 2023

Más Detalles:

Plazo convocatoria de septiembre: El plazo de presentación de las solicitudes de inscripción será desde el 28 de agosto hasta el 8 de septiembre de 2023, ambos inclusive.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Te interesa saber:

Plazos, lugares y fecha de celebración de las pruebas curso 2023/2024

Contenido:

El día 23 de mayo de 2023 se hará público en los tablones de anuncios de los centros en los cuales se desarrollen las pruebas y en las páginas web (www.educa.jcyl.es) y (www.fuescyl.com) un listado con la relación de aspirantes cuyas solicitudes no reúnan todos los requisitos exigibles para que en un plazo de diez días hábiles subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de sus peticiones.

La subsanación de la solicitud se presentará en el Documento 3 «Formulario de Subsanación» disponible, y en su caso, se deberá adjuntar la documentación correspondiente.

El 9 de junio de 2023, se publicará la relación provisional de los solicitantes admitidos a las pruebas y, en su caso, los excluidos, con indicación de las causas de exclusión, en los tablones de anuncios de los centros en los cuales se desarrollen las pruebas y en las páginas web (www.educa.jcyl.es) y (www.fuescyl.com).

Los aspirantes o sus representantes legales podrán formular contra la misma, en el plazo de dos días hábiles, la oportuna reclamación ante la Consejería de Educación.

Lugares y fecha de celebración de las pruebas

  1. Las pruebas de acceso, que serán públicas, se celebrarán en la «Escuela Profesional de Danza de Castilla y León Ana Laguna, Burgos», de Burgos y en la «Escuela Profesional de Danza de Castilla y León, Valladolid», de Valladolid, del 19 al 30 de junio de 2023, en las fechas que determine cada centro. En el supuesto de que después de realizadas estas pruebas quedaran aún plazas vacantes en uno o en ambos centros, se podrá realizar una nueva convocatoria.
  2. El día, lugar exacto y el horario de celebración de las pruebas de acceso, los requisitos de vestuario y los criterios de calificación para cada una de las pruebas, así como la composición de los tribunales para la elaboración, realización y evaluación de las pruebas y la lista definitiva de aspirantes, se publicará el 15 de junio de 2023, en el tablón de anuncios de los centros donde se realizan las pruebas de acceso , así como en las páginas web (www.educa.jcyl.es) y (www.fuescyl.com).
  3. Los aspirantes deberán ir a la celebración de la prueba provistos del documento acreditativo de su identidad (documento nacional de identidad, número de identificación de extranjeros, pasaporte o libro de familia).
Lugares y fecha de celebración de las pruebas septiembre curso 2023/2024

Contenido:

Lugares y fecha de celebración de las pruebas

  1. Las pruebas de acceso, se celebrarán en la «Escuela Profesional de Danza de Castilla y León Ana Laguna, Burgos», de Burgos y en la «Escuela Profesional de Danza de Castilla y León, Valladolid», de Valladolid, del día 19 al 22 de septiembre de 2023. En los días mencionados se realizarán los ejercicios dispuestos en los apartados octavo, noveno, décimo y undécimo de la Orden EDU/ 251/2023, de 21 de febrero, en donde se especifica la estructura de las diferentes pruebas según la especialidad.
  2. El lugar exacto y el horario de celebración de las pruebas de acceso, los requisitos de vestuario y los criterios de calificación para cada una de las pruebas, así como la composición de los tribunales para la elaboración, realización y evaluación de las pruebas, se publicarán el día 15 de septiembre de 2023, junto con la relación definitiva de los solicitantes admitidos, en los tablones de anuncios de las Escuelas Profesionales de Danza de Castilla y León, así como en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en la página web de la Fundación Universidades y Enseñanzas Superiores de Castilla y León (www.fuescyl.com).
  3. Los aspirantes deberán ir a la celebración de la prueba provistos del documento acreditativo de su identidad (documento nacional de identidad, número de identificación de extranjeros, pasaporte o libro de familia).

Notificaciones:

  • En los Tablones de anuncios de los centros.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Legislación aplicable:

  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,de Educación. (BOE 04-05-2006)
  • Real Decreto 85/2007, de 26 de enero, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de danza reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (BOE 13-02-2007)
  • Decreto 62/2007, de 7 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de danza en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 13-06-2007)
  • ORDEN EDU/1496/2005, de 7 de noviembre, se desarrolla el proceso de admisión del alumnado en centros docentes que imparten Enseñanzas Artísticas y de Idiomas sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 14-11-2005)
  • ORDEN EDU/251/2023, de 21 de febrero, por la que se convoca la celebración de las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de danza en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2023/2024 (BOCyL 03-03-2023)
  • RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convoca la celebración de las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de danza en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2023/2024, en el mes de septiembre de 2023. (BOCyL 10-08-2023)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Enseñanzas Régimen Especial

Órgano que resuelve:

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (256 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.