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Ayuda a personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o de reducción de la jornada en situación de especial vulnerabilidad (2021)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3183
  • SIA: 278622
  • BDNS (Identificador): 598068

Fecha de publicación:

3 de diciembre de 2021

Objeto:

Convocar, una línea de ayudas para el año 2021 dirigidas a personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo, de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada en situación de especial vulnerabilidad, incluidos los fijos discontinuos en el ámbito de Castilla y León.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 13 de diciembre de 2021 hasta el 13 de enero de 2022

Más Detalles:

El período de presentación de las solicitudes finalizará a las 14:00 horas.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

Presencial:

¿Quién lo puede solicitar?

Personas trabajadoras que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Estar afectado por uno o varios expedientes de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de la jornada y siempre que la afectación tenga lugar durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021.
  • También podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras con contrato indefinido fijo discontinuo, cuya actividad haya finalizado antes de lo previsto en su contrato, así como aquellos contratos que hayan sido interrumpidos o que se encuentren en período de inactividad productiva, a la espera de la llegada de la fecha en la que procederá su llamamiento y reincorporación efectiva, aplazada como consecuencia de un expediente de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de la jornada, en los mismos términos que se recoge en el párrafo anterior.

Descarga del documento tipo PDF Requisitos "Ayudas ERTE VULNERABLES". Abre una nueva ventana Requisitos "Ayudas ERTE VULNERABLES" (98 kbytes)

¿Para qué es la ayuda?:

Las ayudas tienen por objeto paliar el impacto económico y compensar la pérdida de poder adquisitivo de las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo, de suspensión de contrato de trabajo o reducción de la jornada en situación de especial vulnerabilidad, incluidos los fijos discontinuos, en el ámbito de Castilla y León.

Cuantía:

  • La ayuda económica se establecerá como una cuantía fija, determinada por el intervalo al que el beneficiario pertenezca. Dicho intervalo se configura en función del número de jornadas completas de suspensión según el siguiente criterio:
  • Intervalo 1: Entre 40 y 55 días de jornadas completas de suspensión: 250 €
  • Intervalo 2: Entre 56 y 70 días de jornadas completas de suspensión: 333 €
  • Intervalo 3: Más de 70 días de jornadas completas de suspensión: 376 €
  • Las personas afectadas con contratos de trabajo a tiempo parcial, o con contrato de trabajo a tiempo completo con reducción de jornada que se vean afectadas con la suspensión del contrato de trabajo en una empresa, se procederá a la reducción proporcional

¿Qué documentos necesito?

La solicitud deberá cumplimentarse obligatoriamente a través del formulario disponible en la Aplicación informática.

Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y que se le haya asignado el número de referencia, deberá imprimirse para su presentación presencial o bien proceder a su presentación  telemática desde esta misma sede,  adjuntando los anexos y documentación exigida.

No se entenderá como presentada la solicitud cuyo formulario no se haya cumplimentado a través de la aplicación informática, y no lleve el número de referencia correspondiente.

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (100 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Oficinas Territoriales de Trabajo

Órgano que resuelve:

Plazo de resolución:

El plazo para resolver la presente convocatoria y notificarla será de 6 MESES contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo. Conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Por Correo Postal en el domicilio de los interesados o en el lugar que hayan indicado a los efectos de notificaciones.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Criterios de concesión de la ayuda

  • Las solicitudes se tramitarán y resolverán por concurrencia competitiva atendiendo a los siguientes criterios:
    a) El solicitante con menor base de cotización de contingencias comunes.
    b) Si existieran distintos solicitantes con la misma base de cotización por contingencias comunes, tendrá preferencia, el solicitante que tenga un mayor número de días suspendidos o reducida su jornada durante el periodo subvencionable.
    c) De persistir el empate, la preferencia se determinará en favor del solicitante de mayor edad.
  • En todo caso, la concesión de estas ayudas estará supeditada a la existencia de disponibilidades presupuestarias que para este fin se habilite, no pudiendo concederse a más solicitudes de las que pueda abarcar el crédito presupuestario.

Justificación y pago

  • La justificación de la ayuda se entenderá efectuada con la presentación de la documentación necesaria para su concesión, dentro del plazo de presentación de solicitudes (Anexo I).
  • Una vez dictada la resolución de concesión de la ayuda, se procederá al abono del cien por cien de la misma, mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por el solicitante en su solicitud. 

Compatibilidad

  • Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas públicas que hubiesen percibido para la misma finalidad sin perjuicio de lo establecido en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En todo caso la suma de las percepciones de las personas trabajadoras entre el salario y/o la prestación por desempleo más la ayuda regulada en la presente orden, u otras que perciba con la misma finalidad, no podrá  superar el 100% de la retribución bruta mensual de la persona trabajadora.
  • A estos efectos, tendrá que comunicar las ayudas percibidas o que pueda percibir para la misma finalidad.

Resolución. Beneficiarios:

ORDEN IEM/789/2022, de 24 de junio, por la que se resuelve la concesión de ayudas convocadas por Orden de 30 de noviembre de 2021, de la Consejería de Empleo e Industria, por la que se convoca para el año 2021, una línea de ayuda destinada, en el ámbito de Castilla y León, a personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o de reducción de la jornada en situación de especial vulnerabilidad. BDNS 598068. (BOCyL 05-07-2022)

Protección de los datos de carácter personal:

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.