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Ayudas para contratación de personal técnico de apoyo a la investigación, para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que podrán ser cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2392
  • SIA: 1253419
  • BDNS (Identificador): 603119

Fecha de publicación:

10 de enero de 2022

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, 80 ayudas destinadas a financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación por las Universidades Públicas de Castilla y León, para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que podrán ser cofinanciadas por el Fondo Social Plus, en las dos modalidades siguientes:

a) Tipo A: 30 ayudas a conceder a titulados en formación profesional.

b) Tipo B: 50 ayudas a conceder a titulados universitarios.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 11 de enero de 2022 hasta el 7 de febrero de 2022

Más Detalles:

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles desde las 00.00.00 horas del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará a las 23:59:59 horas del último día de plazo.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico

El teléfono de información administrativa 012 (983.327.850) prestará asistencia para resolver las incidencias técnicas que puedan surgir a los interesados como soporte de ayuda para la realización de las posibles consultas relativas a la grabación de datos.

¿Quién lo puede solicitar?

Jóvenes, que con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a) Estar empadronados en un municipio de Castilla y León en la fecha de la publicación de la convocatoria, y como mínimo de forma ininterrumpida durante los seis meses anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Estar inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

c) Para los solicitantes de puestos tipo A, poseer el título de técnico o técnico superior de formación profesional exigido para su desempeño, o la titulación equivalente recogida en la normativa que regule la titulación exigida.

d) Para los solicitantes de puestos tipo B, poseer el título universitario exigido para su desempeño.

e) No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones que para la obtención de la condición de beneficiario se recogen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Antes de la celebración del contrato los beneficiarios deberán acreditar que se encuentran en situación de recibir una actuación procedente del Sistema de Garantía Juvenil. Para ello tendrán que cumplir los requisitos del Sistema Nacional de Garantía Juvenil recogidos en los artículos 104 y 105 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, y sus posteriores modificaciones.

¿Para qué es la ayuda?:

Estas ayudas subvencionarán los gastos que generen los contratos, incluyendo los salarios y las cuotas de la Seguridad Social.

1. El personal técnico de apoyo a la investigación será contratado por las Universidades Públicas de Castilla y León para colaborar en la ejecución de uno o varios proyectos de investigación o en los servicios centrales de investigación.

2. La formalización de los contratos se realizará en un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día que se indique en la publicación de la resolución de concesión de estas ayudas, y se llevará a cabo conforme a lo dispuesto en la normativa laboral y los convenios colectivos de referencia para la entidad contratante.

3. La contratación será a tiempo completo, sin perjuicio de que en el caso de contratación para la colaboración en la ejecución de varios proyectos de investigación se vincule parcialmente la jornada de trabajo del técnico de apoyo a cada uno de los proyectos.

4. La categoría contractual en que se encuadrará al personal técnico de apoyo será la de contrato de obra y servicio conforme al artículo 15.1.a) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. La finalización de la ayuda se considerará como fecha de finalización de la obra que genera la contratación.

5. En los contratos deberán figurar los emblemas y la referencia a la financiación por parte de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León (con referencia en su caso al Fondo Social Europeo Plus).

Cuantía:

  • La ayuda máxima por año completo para cada uno de los contratos que se formalicen será de 18.500 €, con independencia de la modalidad de puesto. Se abonará la parte proporcional en los supuestos de renuncia y suplencia.
  • Estas ayudas subvencionarán los gastos que estos contratos generen, incluyendo los salarios y las cuotas de la Seguridad Social.
  • La ayuda está sujeta a tributación por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, por lo que deberá aplicarse el régimen de retenciones establecido en la normativa vigente.

¿Qué documentos necesito?

La solicitud se realizará en el enlace abajo indicado, en modelo normalizado documento 1, que incluirá la declaración responsable de la veracidad de los datos incluidos, aceptación de las bases reguladoras y cumplimiento de los requisitos exigidos. En el supuesto de que el solicitante presente varias solicitudes, solo será tenida en cuenta la última de las solicitudes presentadas.

Además deberá adjuntarse, en formato electrónico .PDF y con un tamaño máximo de 8 Mb por fichero, la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (100 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Investigación Científica, Transferencia de Conocimiento e Infraestructura Universitaria

Órgano que resuelve:

Consejera de Educación

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y publicar esta convocatoria será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.

La resolución se publicará en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y será objeto de publicidad a través del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación.

La Dirección General de Universidades e Investigación, formulará la propuesta de resolución que recogerá en dos listas, una para el tipo A y otra para el tipo B, los solicitantes para los que se propone la concesión de las ayudas, el puesto adjudicado y su cuantía, ordenados dentro de cada lista en función de la valoración obtenida. Igualmente determinará dos listados de suplentes propuestos, uno para cada tipo, así como una lista de solicitantes para los que se propone la denegación de la ayuda acompañados de los motivos en que se basa dicha denegación.

Notificaciones:

  • En el «Boletín Oficial de Castilla y León».
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Renuncias

  • Los beneficiarios podrán renunciar a la ayuda desde el día siguiente al que se publique la resolución de concesión y durante todo el período de duración de las ayudas, conforme al artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

  • La renuncia a la ayuda concedida deberá ser justificada y comunicada por escrito a la entidad colaboradora y a la Dirección General de Universidades e Investigación indicando la causa y la fecha concreta a partir de la cual se renuncia. Aquellos participantes que habiéndoles sido adjudicado un puesto, renuncien a él, no serán incluidos en la lista de suplentes y se les considerará excluidos del proceso.

  • La ayuda a percibir, en el caso de estas renuncias, será la parte proporcional correspondiente al periodo en el que el personal técnico de apoyo esté contratado.

Suplencia

  • Cuando con carácter previo a la formalización del contrato y dentro de un plazo inferior a doce meses desde la publicación de la concesión de la subvención, se produjese alguna renuncia, la plaza será ofrecida al primer componente de la lista de suplentes del tipo de puesto (A o B) adjudicado al renunciante.
  •  Cuando tras la formalización del contrato laboral, y dentro de un plazo inferior a doce meses desde la publicación de la concesión de la subvención, se produjese alguna renuncia o se detecte algún incumplimiento por parte del beneficiario que origine la imposibilidad de continuar con la ayuda concedida, la Consejera de Educación acordará la concesión de la ayuda, al primer componente de la lista de suplentes de su modalidad (A o B), que hubiese solicitado la misma plaza a la que se haya renunciado y se encuentre en posesión de título habilitante para el desempeño de la misma.

Justificación

  • Para la justificación del abono de la ayuda, las entidades colaboradoras deberán presentar en la Dirección General de Universidades e Investigación antes del 5 de noviembre de cada ejercicio la documentación correspondiente.

Incompatibilidad

  • Estas ayudas serán incompatibles con otras becas o ayudas concedidas para una finalidad análoga, y otorgadas por ésta u otras administraciones públicas o entes privados, nacionales o internacionales y, con carácter general, con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial que se realice en su mismo horario de trabajo, salvo aquellos incentivos a la contratación previstos en normas al respecto.

Resolución. Beneficiarios:

ORDEN EDU/849/2022, de 5 de julio, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas destinadas a financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación por las universidades públicas de Castilla y León, para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que podrán ser cofinanciadas con el Fondo Social Europeo Plus (BOCyL 15-07-2022)

Descarga del documento tipo PDF CONCESIONES 2021 (BOCyL 15-07-2022) y Corrección de errores (BOCyL 26-07-2022). Abre una nueva ventana CONCESIONES 2021 (BOCyL 15-07-2022) y Corrección de errores (BOCyL 26-07-2022) (1.408 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.